Estado actual de la ley en cuanto a avisadores, detectores e inhibidores

A partir del dia 9 de Mayo del 2014 hay que tener en cuenta que ley ha cambiado en lo que a este tipo de dispositivos se refiere. Debido a eso vamos a escribir un artículo para dejar claro el estado actual en el que nos encontramos en lo que a avisadores, detectores e inhibidores se refiere. Intentaremos ser lo mas claros posible para que no haya dudas al respecto.De entrada hay que tener claro que lo único que cambia es que ahora se sanciona un poco a los detectores de radar,  volviendo prácticamente al estado en el que estaban antes de Mayo del 2010 cuando fueron legalizados.- Avisadores GPS. Se entiende por avisador gps al dispositivo que avisa de posiciones desde una base de datos previamente cargada en el dispositivo desde un ordenador o bien online. Es totalmente legal la venta, instalación y utilización de los mismos.- Detectores de radar. Su USO, y matizo lo de uso ya que la ley no dice nada respecto a la instalación, su uso esta sancionado con 200€ y 3 puntos. Cualquier dispositivo que permita la anulación de detector quedando como avisador gps seguiría siendo tambien legal. La venta de este tipo de dispositivos sigue siendo legal y su instalación por parte de un taller tambien lo es.- Inhibidores. Estos dispositivos siguen fuertemente sancionados, concretamente 6000€ y 6 puntos. Tambien esta sancionado el instalador.Es decir, el resumen de todo esto, que nadie se altere, simplemente las cosas han cambiado y se puede seguir igual que hasta ahora, eso si, hay que tomar las medidas adecuadas para evitar la multa. El juego cambia, ahora ciertas cosas se pueden seguir haciendo, pero de distinta forma y siguiendo unas pautas distintas a las anteriores.

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