La Abogacía del Estado pretende retirar la acusación contra Ana Duato después de que se haya presentado un último informe de la Agencia Tributaria en el que se deja meridianamente claro que en los ejercicios fiscales 2014, 2015, 2016 y 2017 la actriz nunca alcanzó como cuota defraudada el mínimo de 125.000 euros, cifra a partir de la que la conducta se consideraría delito fiscal.
A pesar de esta última prueba aportada este miércoles, el fiscal anticorrupción Tomás Herranz se niega a retirar su acusación. Hay que recordar que la Fiscalía pide 32 años de cárcel contra Duato y la Abogacía del Estado, por su parte, 28 años.
El objetivo de esta última era retirar la acusación lo antes posible por economía procesal, según explican fuentes jurídicas consultadas por Infobae España, pero al final ha decidido esperar a que se celebre todo el juicio.
El fiscal, por su parte, ya señaló esta misma semana que “no compartimos el criterio de la Agencia Tributaria, que se mete en camisa de 11 varas. Porque quien le manda a la Oficina Nacional de Investigación contra el Fraude (ONIF) pronunciarse sobre la consumación del delito”.
Este informe de la Agencia Tributaria fue fechado el 10 de abril y se ha presentado esta semana. Lo que el fiscal pretendía conocer de la mano de los funcionarios de Hacienda era si, como sostiene Duato, el Ministerio Público calculó mal el importe que esta ingresaba por capítulo como protagonista de la mítica serie Cuéntame cómo pasó. Durante la instrucción de este caso, iniciada en 2016, un perito de la Agencia Tributaria decidió motu proprio, sin ser requerido, señalar que Ana Duato había tributado menos en cuatro ejercicios fiscales [2014, 2015, 2016 y 2017].
Consultó en Wikipedia el sueldo de la actriz y los supuestos capítulos que había rodado. El perito calculó entonces que el sueldo fijo por capítulo de Ana Duato era de 63.101,21 euros.
Como consecuencia de multiplicar dicho importe por un número de capítulos que supuestamente habría rodado (número obtenido de la Wikipedia) se concluía que parte de los honorarios habrían sido ocultados y, por tanto, no declarados en las autoliquidaciones de ejercicios fiscales correspondientes.
El perito contó 85 capítulos entre 2013 y 2017 y los multiplicó por el sueldo de 63.101. Luego comprobó lo que había declarado la actriz en sus respectivas liquidaciones del IRPF de dicho período y determinó que solo había declarado 44 capítulos, por lo que faltarían 41.
Pero la realidad es que el perito cogió el sueldo de una información de Internet y lo extrapoló al resto sin hacer la más mínima comprobación. Según los contratos, y hay que tener en cuenta que RTVE es un ente público auditado por Hacienda, Ana Duato cobró 54.336,23 euros brutos por cada episodio hasta el capítulo 272 (no 63.101,21 euros), y del capítulo 273 en adelante hasta el final sus honorarios fueron 47.054 euros brutos (no 63.101,21 euros).
Partiendo de estos cálculos, la Fiscalía acusó a la actriz de dejar de facturar dos capítulos en 2013, 18 capítulos en 2014, 19 capítulos en 2015, 19 capítulos en 2016 y 27 capítulos en 2017 para no tributar por ellos.
Los problemas de la actriz con el fisco español comenzaron realmente en 2015, cuando Hacienda decidió revisar los ejercicios 2010, 2011 y 2012 de su IRPF. Ana Duato había pagado sus impuestos tributando a través de una figura denominada agrupación europea de interés económico, que funcionaba como una renta vitalicia.
Sin embargo, Hacienda entendió que debería haber declarado sus ingresos como una renta vitalicia, lo que implicaba un gravamen con un tipo impositivo superior. Es decir, no había rentas ocultas, todas habían sido expresamente declaradas, simplemente cambió su calificación debido a un criterio diferente al estimado por la Administración.
La actriz aceptó y pagó 970.000 euros. Pero presentó un recurso porque no estaba de acuerdo con estos criterios, recurso que ganó en el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid. El problema es que luego llegó en 2016 el ‘caso Nummaria’, se abrió la vía penal y todo se ha paralizado hasta que se resuelva esta última.