El plazo de solicitudes se abrirá tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad

La Comunidad aprueba una inversión de 52 millones para el Plan de Ascensores para 2.000 edificios de la Región

La Comunidad de Madrid invierte 52 millones de euros en el Plan de ascensores destinado a edificios residenciales con una previsión de 2.000 inmuebles beneficiados con estas ayudas.

Imagen de la instalación de ascensores exteriores en viviendas. Foto: Ascensores Excelsior
photo_camera Imagen de la instalación de ascensores exteriores en viviendas. Foto: Ascensores Excelsior

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado hoy este programa del Ejecutivo regional para el montaje de nuevos elevadores entre 2023/25 en viviendas que carecen de este recurso.

Esta línea de subvenciones también incluye actuaciones complementarias necesarias para conseguir la accesibilidad universal, tales como plataformas elevadoras y rampas destinadas a personas con movilidad reducida. Se establece un importe fijo de 90.000 euros por intervención, siempre que esta cifra no supere el 80% de inversión subvencionable.
 

Los edificios deben tener una altura igual o superior a tres plantas sobre rasante, que al menos el 50% de su superficie construida tenga uso residencial de vivienda, disponer de Informe de Evaluación, estar bien conservados y mantenidos, no haber sido beneficiarios de ninguna otra ayuda con este mismo objeto y hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social.
 

El plazo de presentación de las solicitudes será de cuatro meses a partir del día siguiente de la publicación de estas ayudas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid –BOCM-, prevista para la próxima semana. Las bases regulatorias ya fueron avanzadas en el BOCM del pasado 19 de mayo.
 

En cuanto al de ejecución, no podrá exceder 36 meses contados desde esa misma fecha. Será ampliable por el mismo periodo en el caso de que la licencia municipal o autorización administrativa se demore más de un año desde su petición.

Optan a esta subvención personas o entidades titulares de inmuebles residenciales de vivienda colectiva y las comunidades de propietarios o agrupaciones de las mismas. El pago se realizará una vez acreditado que el trabajo está totalmente finalizado.

 

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