Condenados tres policías de Getafe por la muerte de un ladrón

Tres policías municipales de Getafe (173.000 habitantes) han sido condenados por la Audiencia Provincial a 15 años de prisión para cada uno por ser considerados como autores de un delito de homicidio consumado y otro en grado de tentativa. Los magistrados les atribuyen la muerte de David Prieto Fandiño y de haber herido de gravedad a Roberto García Castillo tras una persecución de 14 kilómetros desde Getafe al distrito madrileño de Arganzuela. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

La sentencia de la Sección 16, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Carlos Peinado García, también fija una indemnización de 108.846 euros para la madre del fallecido, María José Fandiño, representada por el abogado José María Garzón, y de 17.994 para el herido grave en el tiroteo.

Una mañana de noviembre del 2011

Los hechos ocurrieron la mañana del 21 de noviembre de 2011, cuando un policía local de Getafe, que estaba fuera de servicio, llamó a la emisora central tras ver lo que él creyó un secuestro. Dos personas estaban introduciendo, según su versión, a un tercero en un Citroën C-3 blanco con matrícula 3950 FWD, que figuraba como sustraído. El agente salió detrás de él y fue comunicando por dónde circulaba el vehículo, que tomó la autovía de Toledo (A-42) en dirección a Madrid. Al instante salieron tres coches patrulla de Getafe en persecución del Citroën C-3, que iba conducido por Roberto García, acompañado de David Prieto.

Los agentes les dieron alcance a la altura de la calle de Canarias (Arganzuela). Un patrulla les cerró y los otros dos se situaron en la parte izquierda del vehículo perseguido. Roberto García realizó entonces tres maniobras, hacia delante y hacia atrás, para huir. Se metió en dirección contraria por la calle de Vara del Rey. “Portando sus armas reglamentarias desenfundadas, montadas y sin el seguro puesto, los tres procesados realizaron numerosos disparos contra dicho vehículo con objeto de impedir su huida”, recoge la sentencia.

La sentencia

Los jueces descartan que los ocupantes del C-3 hubieran secuestrado a nadie o que fueran armados: “No ha resultado probado que los ocupantes del vehículo Citroën hubieran introducido a una tercera persona en el interior ni que portaran instrumentos, armas u otros objetos peligrosos”.

Los jueces condenan a los tres agentes por el llamado dolo eventual, ya que los policías sabían que podían matar a los ocupantes del C-3, pese a lo que dispararon. También les reprocha que dispararan, pese a que no existía “un riesgo inminente contra ellos”, ya que los ocupantes del turismo huían. “Por ello, cuando los agentes procesados efectuaron todos esos disparos [se recogieron 13 casquillos] no podían descartar que se produjera, como así fue, la muerte de David Prieto y las lesiones de Roberto García”, recoge el fallo. “El resultado podría haber sido mucho más grave, si se tiene en cuenta que los disparos se efectuaron en una calle en pleno casco urbano de Madrid y a una hora [concurrida], entre las 11.15 y las 11.30”, añade la sentencia.

El fallo exculpa, además, a Roberto García, que había sido procesado por atentado y lesiones contra los policías. Los jueces han desestimado también las eximentes incompletas de legítima defensa, de cumplimiento del deber de cargo u oficio y de reparación del daño, que pedía la defensa de los agentes.

Fuente: El País

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