Descuentos por domiciliación de impuestos, o exenciones y deducciones tanto en el IBI como en el IVTM

Parla recuerda las diferentes opciones de bonificación en los impuestos municipales

El Ayuntamiento de Parla informa a todos sus vecinos y vecinas, que existen diversas opciones de bonificación en los impuestos municipales de las que pueden beneficiarse, tanto por la domiciliación de impuestos, como por apostar por energías renovables, o por pertenecer a determinados colectivos (como familias numerosas, personas con diversidad funcional…); y ya sean particulares o empresas con sede en la ciudad.

En primer lugar,  5% de descuento en el IBI por la domiciliación de todos los impuestos de los que se sea titular y bonificaciones del 30% por la instalación de placas solares en 2020, 2021 y 2022.

Cualquier vecino o vecina de Parla se puede acoger al sistema de pago fraccionado sin intereses de sus impuestos en varios meses -de abril a diciembre- facilitándose así desde el Ayuntamiento que el/la contribuyente cumpla con sus obligaciones tributarias.

Pero, además, cabe destacar que, aquellas personas que domicilien todos los impuestos de vencimiento periódico de los que sean titulares (IBI, IVTM, Vados, IAE), se podrán beneficiar de un 5% de descuento en el IBI, con un máximo de 50 euros por recibo. La solicitud de domiciliación debe presentarse al menos con dos meses de antelación al periodo voluntario del pago de los recibos domiciliados, ya que, con posterioridad a este plazo, la domiciliación y el correspondiente descuento tendrán efectos los años siguientes y sucesivos. Los trámites se pueden llevar a cabo en los puntos del Servicio de Atención a la Ciudadanía, o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla si se dispone de Certificado Digital.

Asimismo, hay que recordar que, existen bonificaciones del 30% en el IBI por la instalación de placas solares u otros elementos que permitan aprovechar la energía solar, hasta un máximo de tres ejercicios. Pueden acogerse tanto empresas como particulares de Parla, y, como el resto de bonificaciones existentes, se tienen que solicitar antes del 31 de diciembre.

Otras medidas aplicables al Impuesto sobre Bienes Inmuebles son la bonificación del IBI para familias numerosas empadronadas en el domicilio indicado en el recibo y siempre que la persona solicitante esté al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, que debe solicitarse antes del 31 de diciembre y que se mantiene, sin necesidad de renovación, por un periodo de cinco años si se mantienen las condiciones que motivaron su aplicación.

La rebaja en un 50% de la cuota íntegra del IBI para las viviendas de protección oficial, durante un plazo máximo de tres años, contados desde el otorgamiento de la calificación definitiva por la Comunidad de Madrid (bonificación que es incompatible con la de familias numerosas, aplicándose la más beneficiosa para el/la titular del impuesto).

O la reducción de hasta el 90% en la cuota íntegra del IBI, para empresas de Urbanización, Construcción y Promoción Inmobiliaria, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, para los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

Asimismo, existen bonificaciones y/o exenciones en el popularmente conocido como ‘numerito del coche’, tanto para aquellas personas con diversidad funcional que hayan alcanzado en el baremo un mínimo de 33% (exención en el pago del impuesto sobre vehículos para las personas con discapacidad, que es de uso exclusivo de la persona beneficiada y nunca por más de un vehículo simultáneamente), como para titulares de vehículos calificados como ecológicos (en este caso, las bonificaciones varían desde el 55% hasta el 75% de la cuota del impuesto, según sean vehículos totalmente eléctricos, híbridos o con biocombustibles y se trata de una medida incompatible con la exención en el IVTM para persona con diversidad funcional, aplicándose la más beneficiosa para el titular de la tasa), propietarios de vehículos históricos de más de 30 años y vehículos destinados a las labores agrícolas.

Toda esta información, accesible en los enlaces recogidos en este texto, se encuentra disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla y puede localizarse en el buscador dentro del apartado “Todos los Trámites”. Para solicitar cualquiera de estas exenciones o bonificaciones, las personas interesadas deben hacerlo antes del 31 de diciembre del año en curso (para que sean efectivas en el periodo tributario del siguiente año) y su tramitación puede ser:

Presencial: En las oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Parla (con cita previa), u Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

Con Certificado Digital o con identificación a través del Sistema Cl@ve por Registro Electrónico en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de las administraciones locales.

 

 

 

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