En el auto la sala recuerda que Juan Soler, en su calidad de senador, era aforado en el momento de su imputación, incoada en abril de 2015, y considera que el Juez de Instrucción "carecía de competencia objetiva para sustanciar la investigación, y por consiguiente, también para acordar su prórroga en relación a la misma".
El recurso ha sido admitido en la Audiencia, en cuyo auto señala que el juez instructor tendría que haber remitido "la correspondiente exposición razonada" sobre la imputación de Soler a la Sala 2ª del Tribunal Supremo, siguiendo los plazos que marca la ley, antes de decidir la complejidad de la causa y de prorrogar la instrucción por un plazo de 18 meses.
"Las actuaciones procesales eventualmente seguidas en relación al mismo [Soler] carecen de valor legal", dicen los magistrados en el auto, en el que declaran de oficio las costas y "deja sin efecto" la imputación del que fuera alcalde de Getafe entre 2011 y 2015.