La Comunidad de Madrid siempre ha negado este complemento a los interinos

La justicia da la razón a los interinos del Hospital de Fuenlabrada para cobrar el complemento de la carrera profesional

Una sentencia pionera que supone un 'varapalo' a la Consejería de Sanidad

La UGT del Hospital Universitario de Fuenlabrada acaba de ganar las primeras demandas judiciales individuales ​​que obligan al pago de la Carrera Profesional a los trabajadores interinos del hospital.
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La Carrera Profesional se concibió como un sistema de desarrollo profesional e individual, alcanzado por un profesional en cuanto a conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, docentes y de investigación y según el nivel alcanzado debido a la experiencia profesional y méritos exigidos, lleva consigo un complemento retributivo mensual.

Hasta el momento, sólo al personal laboral fijo se le había abonado este complemento salarial desde agosto 2018 y octubre 2018.

La sentencia dictada por el Juzgado nº 2 de lo Social de Móstoles, ha estimado la demanda interpuesta a título individual por varias enfermeras afiliadas a la UGT del Centro y les ha reconocido el derecho al pago mensual de su nivel de Carrera Profesional y la cuantía reclamada desde agosto 2018, fecha en la cual se procedió al pago de este complemento salarial al personal fijo.

Los fundamentos de derecho que se esgrimen en esta sentencia se basan en la Directiva  Europea 1999/70/CE, sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde queda de manifiesto que se debe excluir toda diferencia de trato entre trabajadores fijos y los que tienen un contrato de duración determinada, sobre todo, si no median razones objetivas para ello, como es el caso que nos ocupa puesto que los trabajadores demandantes desempeñan las mismas funciones que sus compañeros fijos.

También hace referencia esta sentencia a la doctrina, que ha creado jurisprudencia, del Tribunal Constitucional donde pone de manifiesto que no se puede dar un trato distinto a personas que se hallen en la misma situación y es que el derecho a la igualdad se refleja en el art. 14 de la Constitución Española. Recientemente, el Tribunal Supremo ha confirmado el derecho que tiene un trabajador estatutario interino a su Carrera Profesional.

Por lo tanto, la UGT del Hospital Universitario de Fuenlabrada acaba de conseguir que se reconozca el pago de Carrera Profesional a los primeros trabajadores interinos de toda la Comunidad de Madrid, en igualdad de condiciones que al personal laboral fijo y considera que este logro es una enorme noticia para el resto de trabajadores interinos del hospital de Fuenlabrada y demás trabajadores del Sermás, pues significa haber dado el paso definitivo para conseguir el abono de este complemento salarial.

Y aunque la Dirección del Centro y la Consejería de Sanidad puedan recurrir esta sentencia, la UGT del Hospital de Fuenlabrada está muy segura de volver a ganarles en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid debido a los preceptos legales que hay a favor de esta reivindicación duramente peleada.

A día de hoy, en la Mesa Sectorial continúan las negociaciones para cerrar un acuerdo que incluya el abono de la Carrera Profesional al trabajador interino y eventual de la Comunidad de Madrid. Esta primera sentencia favorable que se dicta para varios trabajadores de la Comunidad de Madrid debe servir como acicate para concluir favorablemente las negociaciones que UGT está llevando a cabo con la Consejería de Sanidad.

UGT ha exigido el cobro inmediato de la Carrera Profesional para todos los trabajadores, ya que por el mismo trabajo, mismo salario, han aseverado, fuentes del sindicato.

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