Fue presentada por la existencia de un dominio redirigido a la web de los socialistas fuenlabreños

La Junta Electoral de Madrid desestima la denuncia presentada por Más Madrid contra el PSOE

La Junta Electoral de Madrid ha desestimado la denuncia que presentó el grupo político Más Madrid, por supuestas infracciones recogidas en las normas electorales contra el PSOE por utilizar el sitio web www.masfuenlabrada.es, que redirige a la agrupación socialista de Fuenlabrada.

En la denuncia presentada por Más Madrid se indicaba que " la existencia de este dominio en Internet genera confusión respecto a la denominación de su coalición electoral y su partido en las elecciones municipales de Fuenlabrada constituye una infracción electoral, que sin tener las notad de un hecho delictivo si causa un perjuicio a la coalición y vulnera la LOREG, siendo por parte constitutivo de una infracción de las referidas en el artículo 153 de la LOREG".

Por su parte, la Junta Electoral de Madrid con  fecha de ayer 21 de Abril de 2019 indica que "en las alegaciones presentadas por el Psoe se advierte del desconocimiento de ese dominio y la redirección le es ajena y y sin su autorización. Además la página es propiedad de Juan Varilla con copyright de 2014, siendo que el denunciante se registro el 12 de abril de 2019".

Por lo que el documento registrado por la Junta Electoral de Madrid indica que: "desestima la denuncia presentada por Mas Madrid contra el Psoe por la existencia de un dominio que es www.masfuenlabrada.es que redirige a la página web de la agrupación socialista de Fuenlabrada www.socialistasdefuenlabrada.es. Dicha página tiene copyright de 2014 muy anterior a la constitución como coalición electoral Mas Madrid y es de titularidad privada, y la redirección de la citada pagina solo es responsabilidad de su titular, por lo que no existe vulneración del art. 46.4 de la LOREG.

"El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contenciosoadministrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa".
 

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