El Defensor del Pueblo da la razón a VOX en su reclamación por no realizarse los plenos ordinarios en Fuenlabrada

Durante los meses de abril, mayo y junio no se celebró ninguna sesión ordinaria del Pleno Municipal

La Oficina del Defensor del Pueblo ha dado la razón a los concejales del grupo municipal de VOX en el Ayuntamiento de Fuenlabrada en la reclamación presentada ante dicha oficina frente a la decisión del alcalde de la localidad tras no convocar plenos ordinarios durante los meses de abril, mayo y junio.

En el escrito se recuerda al alcalde de la ciudad que "los deberes legales: convocar con la periodicidad establecida las sesiones ordinarias del Pleno Municipal de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local".

La oficina del Defensor del Pueblo responde en siete puntos al gobierno municipal de la ciudad, tras amparo presentado por los concejales de VOX en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, recuerda que "El ejercicio de la función de concejal es expresión del derecho a la participación de los asuntos públicos recogido en el artículo 23 de la Constitución Española, y por tanto, expresión de un derecho fundamental que de acuerdo con reiterados pronunciamientos jurisprudenciales es de configuración legal, esto es, que se ejercerá en los términos recogidos en la Ley".

Además se añade en el texto que "si bien ese Ayuntamiento justifica la falta de celebración de las sesiones ordinarias en la imposibilidad de celebrar sesiones presenciales debido a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, hay que tener en cuenta que estas podían haberse celebrado telemáticamente a través de los medios de los que ese Ayuntamiento contaba al menos desde el día 18 de mayo de 2020, fecha de celebración de la primera de las dos sesiones extraordinarias que se celebraron telemáticamente durante la vigencia del estado de alarma".

En los cuatro folios de escrito, la Oficina del Defensor del Pueblo recuerda, con abundante jurisprudencia, al alcalde de Fuenlabrada que "ha de tener en cuenta que la jurisprudencia se ha pronunciado reiteradamente sobre la exigencia de respetar la periodicidad de convocatoria de las sesiones ordinarias del Pleno. No se puede desconocer que dentro del núcleo esencial del derecho de representación en los asuntos públicos en el ámbito local se integra, entre otras, la función de participación en el control del gobierno".

La portavoz de VOX Fuenlabrada, Isabel Pérez, ha señalado que "agradecemos a la Oficina del Defensor del Pueblo que le haya hecho ver al alcalde socialista de Fuenlabrada que no puede hacer lo que le dé la real de la gana desde su puesto de primer edil. No era un capricho de nuestro grupo, y solo de nuestro grupo, mantener los plenos porque otros grupos de la oposición no querían Plenos o los querían en junio".

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