Aclaración sobre conducir con chanclas y sin camiseta

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Con la llegada del buen tiempo el vestuario que utilizamos en nuestra vida cotidiana, es más cómodo: camisetas cortas, pantalones cortos, chanclas y alguno, cuando aprieta demasiado el calor, va incluso sin camiseta. 

Muchos conductores cuando van conduciendo desde su casa hasta la playa o piscina lo hacen en chanclas y desde hace unos años está habiendo el debate de, si se puede o no conducir con este tipo de calzado, cómodo, pero nada aconsejable para la seguridad vial.

Pues bien, debes saber que puede ser motivo de sanción, de hasta 80 euros. Aunque no estén tipificadas como tal en el Reglamento de Circulación, la DGT considera en uno de sus artículos que (“Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos…”) y que (“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos) pueden motivar la sanción al poder interferir en el control del vehículo. Ir descalzos o con tacones también podrían acogerse a esta infracción.

Por otro lado, conducir sin camiseta podría ser motivo de sanción, de 80 euros, al poder llegar a ser causante de quemaduras o rozaduras en caso de sufrir un accidente por la actuación del cinturón de seguridad o de un airbag.

Por tanto, desde autoescuela Nayer recomendamos que conduzcas con el vestuario adecuado, no solo para evitar la sanción económica sino sobre todo para evitar algún tipo de accidente.

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