El Supremo niega que la Iglesia Evangélica tenga derecho a tener casilla en la declaración del IRPF

  • Argumenta que la Iglesia Evangélica no dispone de un convenio similar al que tiene la Iglesia Católica.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por la Iglesia Evangélica pidiendo que la declaración del IRPF contase con una casilla para que los contribuyentes puedan destinar el 0,7% de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante.

El Tribunal considera que la negativa del Gobierno a adoptar esa medida no vulnera derechos fundamentales de la Iglesia Evangélica, que alegaba discriminación y esgrimía la vulneración de, entre otros, el derecho a la libertad religiosa.

El Gobierno "ha desconocido el derecho fundamental de las personas a la igualdad en la Ley que proclama el artículo 14 de la Constitución pues es evidente el trato desigual que recibe en comparación con el dado a la Iglesia Católica", argumentan los responsables del recurso.Añaden además que "la limitación presupuestaria comporta una limitación operativa de la actividad religiosa".

Tras la negativa inicial de Hacienda, la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (Federe) recurrió ante el Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional. En enero de 2015, el Ministerio había respondido a los evangélicos que la casilla para la iglesia Católica se fundamenta en los Acuerdos de España con la Santa Sede de 3 de enero de 1979 y que, a falta de un convenio similar, no era posible acceder a la petición de la Iglesia Protestante.

La sentencia de la Audiencia Nacional ratificó ese criterio resaltando que el Convenio con la Santa Sede recoge el compromiso del Estado de asignar a la Iglesia Católica un porcentaje del rendimiento del impuesto sobre la renta o sobre el patrimonio o sobre cualquier otro de carácter personal siempre que así lo manifieste expresamente cada contribuyente.

Y que, por contra, la ley de 1992 que contempla el régimen fiscal de los bienes y actuaciones de la Iglesia Evangélica no incluye ninguna previsión semejante. Por ese motivo, la Audiencia concluyó que el establecimiento de un mecanismo como el pedido por los evangélicos requeriría de un convenio entre el Estado y la instancia representativa de las confesiones religiosas que lo pretenden y que la Administración no podría establecerlo de manera unilateral, como reclamaban los evangélicos en su petición a Hacienda.

La Iglesia Evangélica llevará al caso al Constitucional

"Lo lamentamos pero no nos sorprende y vamos a seguir luchando por lo que creemos que es una cuestión de principios. Aquí no estamos haciendo cálculos de si nos conviene económicamente o no esa forma de financiación, no se trata de eso. Se trata de que nos parece discriminatorio", ha explicado el responsable de Comunicación de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), Jorge Fernández.

Los responsables de la Iglésia Evangélica en España aseguran que acudirán al Tribunal Constitucional para intentar que haga rectificar al Ministerio de Hacienda y les reconozca la posibilidad de contar con una casilla similar a la que tiene la Iglesia Católica en la Declaración de la Renta y con la que se recoge para sus fines el 0,7% del IRPF tributado por cada ciudadano, según la información de Europa Press.

Se trata del siguiente escalón en las demandas judiciales, después de que el Ministerio de Hacienda les negase, en enero de 2015, esta posibilidad reservada a la Iglesia Católica y a las ONG, cuyos proyectos reciben anualmente apoyo del Estado gracias a lo recaudado con la casilla de Fines Sociales.

Agencias / elmundo

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