El pasado 1 de agosto se publicó en España el Real Decreto Ley 14/2022, que incluye medidas para reducir el consumo de gas en un 7 % entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de marzo de 2023 respecto a la media del mismo periodo de los últimos cinco años.
Dichas medidas son, simplificando, mantener los espacios climatizados públicos a no menos de 27 ℃ en verano y a no más de 19 ℃ en invierno y controlar los horarios de iluminación de escaparates y edificios públicos.
El principal objetivo es alcanzar el ahorro de gas pactado con la Unión Europea sin imponer restricciones en el suministro de gas a industrias y hogares. Pero ¿son efectivas?
¿Cuánto ahorro suponen?
Las medidas que pretenden reducir el consumo de gas a través de la electricidad (climatización en verano e iluminación) ven modulada su eficacia por una serie de transformaciones energéticas intermedias.
Así, cada kWh que disminuye la demanda térmica por el aumento de la temperatura del local en verano representa tan solo 0,22 kWh de ahorro de gas. Similarmente, cada kWh ahorrado en la iluminación representa una disminución en el consumo de gas de 0,66 kWh. Aunque los edificios públicos y los comercios normalmente emplean iluminación de bajo consumo o LED, que consumen del orden del 10 % de la energía eléctrica necesaria con alumbrado convencional.
En cambio, las medidas aplicadas a la calefacción son más efectivas. Cada kWh de reducción de demanda térmica en invierno al disminuir la temperatura del local se traduce en un ahorro de 1,11 kWh de gas.
Aun así, si la medida sobre la calefacción se aplicase a todo el parque edificatorio de España (a lo que no obliga el RDL 14/2022), que de media consume anualmente un 15 % del gas demandado a nivel nacional, y se asumiese que logra reducir la demanda de gas para calefacción un 21 %, la reducción sobre el total sería del 3,15 %, muy por debajo del 7 % buscado.
A lo anterior se añade que el Gobierno propone a la UE no contabilizar el gas empleado para producir electricidad en tanto que dicho gas está garantizando el suministro energético no solo a España, sino también a Portugal y Francia.
Por el momento no queda claro si el gas que se excluye del balance es el total consumido por los ciclos combinados (incluyendo, por tanto, el consumo nacional) o solo el que se emplea para generar la electricidad exportada a Portugal y Francia. En el caso de la primera interpretación, las medidas sobre la refrigeración y la iluminación no tendrían ningún efecto sobre el objetivo perseguido al no contabilizarse el ahorro de gas logrado.
El papel involuntario de la industria
Pese a que las medidas del RDL 14/2022 pretenden evitar restricciones de gas en los hogares y la industria, el mercado sigue actuando y los altos precios del gas han provocado que en julio la industria haya reducido su demanda de gas un 31,8 %.
Teniendo en cuenta que el consumo de gas de la industria representa habitualmente un 60 %, si la demanda industrial se mantiene con esta restricción durante el tiempo de aplicación del RDL 14/2022 –no se esperan reducciones del precio de gas a corto plazo–, se reduciría la demanda nacional de gas más de un 18 %. Esto da margen de sobra para alcanzar el objetivo del 7 %.
Así las cosas, todo hace indicar que las medidas planteadas en el RDL 14/2022 buscan, principalmente, un fin pedagógico y de concienciación, dado que el objetivo planteado se puede alcanzar con la contribución involuntaria de la industria.
Menos cogeneración
Dentro de la caída del consumo de gas en la industria ocupa un papel relevante la cogeneración, cuya contribución al mix eléctrico ha pasado de un tradicional 11 % a apenas un 4 % desde la entrada en vigor de la excepción ibérica.
La cogeneración es una tecnología de alta eficiencia que viene usándose en la industria termointensiva desde los años ochenta del siglo pasado. Permite generar electricidad a partir de combustibles, recuperando parte de las pérdidas de calor y aprovechándolas para cubrir la demanda térmica del proceso productivo. Esta recuperación térmica permite ahorrar entre un 10 % y un 30 % del consumo de gas, en función del dimensionado del equipo.
En términos de eficiencia eléctrica, si un ciclo combinado tiene un 50 %, una cogeneración oscila entre el 60 % y el 85 %. Eso permite que el coste variable de la cogeneración (gas natural y tasa de CO₂) se sitúe entre un 17 % y un 40 % por debajo del que presenta un ciclo combinado.
El problema es que, tras el tope al gas, el Gobierno ha establecido una asimetría entre los ciclos combinados y las cogeneraciones. A los primeros se les reconoce un precio de gas (para calcular la compensación que reciben) basado en la referencia europea (TTF), mientras que a las cogeneraciones otro basado en una combinación de la referencia europea y la americana (HH), que es considerablemente más barata que la europea. Eso hace que el precio que se reconoce al gas para cogeneración sea sensiblemente menor que para los ciclos.
Como consecuencia, desde la entrada en vigor de la excepción ibérica, el 60 % de las cogeneraciones han parado su producción para no incurrir en pérdidas: su mayor eficiencia no ha sido suficiente para absorber el diferencial de precio. Al disminuir su aportación al mix eléctrico, se ha cubierto la diferencia con los ciclos combinados que, al ser menos eficientes, consumen más gas.
Dado que esto es consecuencia de una decisión regulatoria, corresponde al Gobierno subsanar esta asimetría. Según las primeras valoraciones sobre el funcionamiento del RDL 14/2022, ya ha habido reclamaciones de la industria a este respecto.
Su mayor efecto: la concienciación ciudadana
Las medidas establecidas en el RDL 14/2022 van a tener una escasa repercusión en la reducción del consumo de gas, especialmente aquellas que lo llevan a cabo a través de la electricidad producida por los ciclos combinados. Pese a ello, no cabe duda de que estas medidas crean conciencia en la población sobre la necesidad de no despilfarrar energía, lo cual es positivo incluso en ausencia de crisis energética.
El cumplimiento del compromiso con la UE está garantizado por la respuesta de la industria al mercado. No obstante, corresponde al Gobierno afinar la regulación de la excepción ibérica para que la cogeneración pueda seguir totalmente operativa, sacando así partido de su inherente ahorro de energía primaria.
Un artículo de:
José Ignacio Linares Hurtado, Catedrático de Ingeniería Energética, Universidad Pontificia Comillas