¿Qué es la doctrina Botín?

Hoy se ha iniciado el juicio del Caso Noós que ya ha sentado a la Infanta Cristina en el banquillo de los investigados. Aún el proceso se encuentra en la cuestiones previas, y su abogado en el día de hoy ha apelado a la “doctrina Botín” ante la Jueza para que la hija del Rey no sea juzgada. Pero, ¿en qué consiste la doctrina Botín?

En la esfera judicial, se llama jurisprudencia a las decisiones que, sobre un asunto, ha tomado el Tribunal Supremo de forma reiterada. Es decir, cuando el Supremo ha interpretado una ley dos o más veces en un mismo sentido, el resto de órganos judiciales deben seguir esta línea. Incluso el propio Tribunal Supremo, si cambia de parecer y decide abandonar su propia jurisprudencia, tiene que justificar por qué lo ha hecho.

Cuando se menciona a la doctrina Botín, en realidad se hace referencia a la decisión que tomó el Supremo en 2007. En ese momento, confirmó la decisión que había tomado la Audiencia Nacional en un caso en el que se pedía la apertura de juicio oral contra Emilio Botín y otros directivos del Banco Santander por un caso de cesiones de crédito. En aquel caso, la Fiscalía (que es un órgano del Estado) y los perjudicados habían pedido el sobreseimiento de la causa, y tan sólo la acusación popular, que la componían la Asociación para la Defensa del Inversor y los Clientes y el partido político Iniciativa Per Catalunya-Verts, pedían la apetura del Juicio. Entonces, la Audiencia Nacional primero, y el Supremo después, decidieron que no podía abrirse un juicio oral cuando tan sólo la acusación popular lo solicitaba.

En el juicio del Caso Noós, únicamente la acusación popular, que representa Manos Limpias, ha pedido que la Infanta Cristina sea también juzgada. En este caso, ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado (que es la acusación particular representando a la Hacienda Pública) han realizado ninguna acusación contra ella. Manos Limpias pide concretamente ocho años de cárcel para la Infanta, al considerarla cooperadora necesaria. Interpretan, por lo tanto, que si su intervención, no se hubiese podido llevar a cabo el presunto fraude.

Por lo tanto, las dos posturas que se enfrentan ahora mismo, en líneas generales son las siguientes:

  • Quiénes defienden que la decisión del Tribunal Supremo debe seguirse al tratarse de un caso similar. Creen que no puede abandonarse la interpretación que en su día se hizo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  • Quiénes consideran que tan sólo es una decisión (y para crear jurisprudencia deben ser varias) y que, además, la misma ya se contradijo cuando se decidió procesar al expresidente del parlamento vaso Atuxa. En ese caso, sólo la acusación popular, el PP, lo pedía. Entonces el Supremo admitió que se abriera juicio “cuando el delito afecta a intereses colectivos o si no se han personado los perjudicados directos".
No obstante, lo que ha defendido "Manos Limpias" es que ellos pueden actuar como acusación particular, ya que un fraude a Hacienda "nos afecta a todos". Hecho que ha sido negado por las otras partes al decir que "Hacienda somos todos es sólo un eslogan publicitario".

Está ahora en manos de las tres magistradas que juzgarán el caso, Samantha Romero, Eleonor Moyà y Rocío Martín decidir si aplican o no la llamada doctrina Botín.

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