Las sentencias para desalojar okupas se sitúan de media en más de 18 meses

En 2.018 era inferior a un año. ¿Cuánto debe esperar un propietario para recuperar su casa?

La okupación ilegal de los inmuebles se ha convertido en los últimos meses en uno de los mayores quebraderos de cabeza de los propietarios. Más allá del perjuicio económico que supone el hecho de no poder disponer de una propiedad, uno de los grandes problemas está relacionado con el tiempo que tardan los juzgados en dictar una sentencia que permita el desalojo de los inquilinos ilegales. Un plazo que poco a poco se está ampliando.

Según los datos que maneja el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el periodo que deben esperar los propietarios de media en España se situó en 2021 en 18,1 meses, teniendo en cuenta tanto los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción en lo civil (9,6 meses) y las apelaciones de sentencias de juicios verbales de las Audiencias Provinciales (8,5 meses). Dicho de otro modo: actualmente los fallos judiciales en firme para desalojar a los okupas de las viviendas tardan algo más de año y medio.

Unos tiempos nada desdeñables si tenemos en cuenta que el problema de la usurpación ilegal afecta a unos 100.000 inmuebles en todo el territorio y que cada día se producen cerca de 40 nuevas okupaciones de viviendas, según cálculos de la Plataforma de Afectados por la Ocupación. El Ministerio de Interior, por su parte, contabiliza cerca de 13.400 denuncias entre enero y septiembre de 2021, con un crecimiento interanual del 20%. 

Además de aumentar los casos de okupaciones, también se está incrementando el plazo de respuesta de la justicia. En 2020, sin ir más lejos, el promedio total para conseguir una sentencia en firme estaba en 16,7 meses, mientras que en 2019 se situaba en 13,1 meses. En 2018, último año al que se remonta la serie histórica entre ambas instancias, el plazo estaba por debajo del año (11,7 meses). 

De los 30 meses de Castilla y León a los 9 de Asturias

Las estimaciones de los tiempos medios de duración de los procedimientos judiciales que recopila el CGPJ también incluyen los plazos por CCAA. 

La primera lectura es que más de la mitad de España registra unos plazos inferiores al promedio nacional. En concreto, los propietarios de 12 CCAA deben esperar menos de 18,1 meses para tener una sentencia firme de desalojo de los inquilinos ilegales. 

Las comunidades donde los fallos llegan con más rapidez son Asturias y Navarra, con 9,3 y 9,7 meses, respectivamente; seguidas de Aragón, con 10,8 meses. En el resto del país el plazo medio ya excede de un año. En Galicia y Castilla-La Mancha, por ejemplo, supera por poco los 13 meses, mientras que en Extremadura y el País Vasco también están por debajo de los cinco trimestres (14,2 y 14,7 meses, respectivamente). 

Por debajo de la media doméstica también se encuentran Comunidad Valenciana (16 meses), Madrid (16,3) y Cataluña (18 meses), las regiones que concentran el mayor número de okupaciones ilegales de todo el país, junto con Andalucía (cuyo promedio se acerca ya a los 20 meses). 

En Baleares el tiempo medio que deben esperar los ciudadanos para desalojar a los inquilinos ilegales con un fallo judicial en mano es algo inferior (18,3 meses), mientras que en Murcia supera los 21 meses y en Canarias, los 22 meses. Pero si hay una autonomía donde los juzgados tardan más en dictar sentencia es Castilla y León, cuyo periodo medio se sitúa en dos años y medio (30,8 meses).

La cifra es consecuencia del retraso de las audiciencias provinciales para dar salida a los procedimientos de apelaciones (19,5 meses, frente a los 8,5 meses de media nacional; a los 6,4 meses de Madrid; a los 8 meses de la Comunidad Valenciana o a los 10 meses de Cataluña). 

Si nos centramos en el plazo de resolución de los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas de los Juzgados de Instrucción y Primera Instancia, las seis regiones con unos plazos superiores a la media nacional son Madrid, Baleares, Andalucía, Canarias, Castilla y León, y Murcia (en este último caso, con 14,9 meses). Al otro lado de la tabla se encuentran País Vasco, Asturias y Navarra, donde los tribunales dictan sentencia en un plazo máximo de cinco meses. 

Procedimientos con los okupas fuera de la casa

José Ramón Zurdo, abogado especializado en arrendamientos y director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), explicó en una entrevista a idealista/news que una de las medidas que se podrían tomar para combatir esta lacra es que España siga los pasos de otros países del entorno para que el procedimiento judicial pueda seguir con los okupas fuera de las casas.

“El problema es que aquí se hace con los okupas dentro, por eso el proceso se alarga, los plazos se amplían y se presentan infinidad de recursos, lo que está desbordando a la Administración de Justicia”, sostiene el abogado especializado en arrendamiento.

En su opinión, también es fundamental reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Penal, con el fin de que los procedimientos de desahucio se lleven a cabo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado sin esperar la autorización judicial.

Por otro lado, considera necesario reformar el Código Penal para que el delito más usual, que es el de usurpación de vivienda, no tenga una simple multa económica, sino que conlleve penas de prisión menor. Y alerta de que la Fiscalía General del Estado debe unificar sus criterios e instrucciones para toda España, y aclare qué se entiende por un delito de usurpación de vivienda flagrante, y cuáles son los plazos que tienen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para echar a los inquilinos.

En este punto, Zurdo explica que “la okupación ya está considerada como delito flagrante, lo que pasa es que no se ha aclarado el plazo. De lo que se trata es de que la policía pille a unos okupas en el momento de la usurpación y que no les haya dado tiempo a tomar posesión del inmueble, que no se hayan empadronado en la casa y que no estén pagando los suministros ni la comunidad. De lo que se trata es de que los ocupantes no acrediten la posesión de la vivienda. Eso es fundamental”, insiste el abogado. 

Desalojos en 24 horas y un pacto de Estado

El Partido Popular ha registrado este mes en el Congreso de los Diputados una proposición de ley contra la ocupación ilegal que permita el desalojo en 24 horas y recupere el delito de usurpación de inmuebles. 

Además, la ley que trata de impulsar los de Feijóo pretende impedir a los okupas que se empadronen y puedan optar así a los beneficios asignados por las Administraciones Públicas, ya que el okupa "no gozará de la protección de morada o domicilio frente a la actuación de la autoridad o sus agentes".

La normativa plantea también reformar el Código Penal para castigar a las personas que con violencia o intimidación okupen un inmueble con penas de uno a tres años de prisión y plantea cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que los propietarios de una vivienda que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento puedan agilizar el procedimiento para reclamar su recuperación. Otra de las modificaciones propuestas afecta a la Ley de Propiedad Horizontal, con el objetivo de que las comunidades de propietarios tengan las herramientas necesarias para iniciar el proceso de denuncia de la okupación. 

A comienzos de julio, la Comunidad de Madrid planteó algo parecido: que el okupa sea desahuciado de manera inmediata si no muestra ningún título o documento que acredite que el propietario le ha permitido residir ahí en un plazo de 48 horas. Ahora son los propietarios los que tienen que demostrar que no han permitido al okupa hacer uso de su vivienda, lo que suele resultar complicado, ya que lo habitual es que las escrituras estén guardadas en los domicilios y, por tanto, no puedan acceder a ellas. 

De esta manera, la región quiere "invertir los principios" de la actual ley orgánica para perseguir algo que califican como un "acto ilícito que lesiona la propiedad individual, algo que es básico en una democracia liberal".

Desde el mundo inmobiliario también han llegado algunas propuestas, como la necesidad de alcanzar un pacto de Estado. El Consejo General de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) ha criticado recientemente en un informe "la laxitud y la poca claridad de la ley" en materia de 'okupación', "que vive en estos momentos su punto más álgido".

Según los agentes inmobiliarios, es necesario alcanzar "un pacto de Estado" entre agentes sociales, políticos y técnicos para encontrar "una solución efectiva y a largo plazo". De lo contrario, aseguran, "se seguirá creando una confusión tanto para el consumidor como para el inversor que es muy perjudicial para nuestro mercado inmobiliario y nuestra economía y que vulnera claramente uno de los derechos que cimentan nuestro Estado de Bienestar, como es el de la propiedad privada".​

Fuente: El Idealista / Ana P. Alarcos

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