Alega que no concurre causa de inelegibilidad

El Supremo devuelve el caso Puigdemont a los juzgados de lo Contencioso de Madrid

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El Tribunal Supremo ha ordenado a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que sean ellos los que resuelvan de inmediato si el expresidente catalán Carles Puigdemont puede concurrir a las elecciones europeas, aunque les recuerda que en el afectado "no concurre causa de inelegibilidad".

Una decisión que el Supremo extiende a los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, también huidos de la Justicia como Puigdemont, y en la que deja claro que la competencia para conocer sobre los recursos de estos tres políticos contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) que les excluyó de la lista de JxCat corresponde a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo.

Por unanimidad, el Supremo ha ordenado a los juzgados competentes de Madrid que resuelvan de inmediato esos recursos, "teniendo en cuenta que en los señores Puigdemont i Casamajó, Comíns y Oliveres, señora Ponsatí i Obiols, a juicio de esta Sala, no concurre causa de inelegibilidad".

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