El Supremo da la razón a los trabajadores de Coca-Cola y declara nulo el ERE

El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la nulidad del ERE que Coca-Cola realizó hace más de un año y que afectó a 821 trabajadores, como a los trabajadores de la planta de Fuenlabrada. Como ya hiciera la Audiencia Nacional, el pleno de la Sala de lo Social entiende que la empresa vulneró el derecho a la huelga de los trabajadores, lo que hace "innecesario" analizar el resto de dudas jurídicas planteadas sobre el despido colectivo.

La Sala de lo Social del Supremo entiende que durante la huelga convocada por los trabajadores de la planta de Fuenlabrada (Madrid) para protestar contra los despidos, la compañía incurrió en una práctica de esquirolaje. "La empresa sustituyó la producción dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudicando así el adecuado desarrollo del periodo de consultas", dice. La Audiencia Nacional también argumentó que la vulneración del derecho a huelga era razón suficiente para anular el ERE de la multinacional.

La sentencia del Supremo, cuyo desarrollo se conocerá en los próximos días, resuelve dos asuntos complementarios y que son clave para el futuro de la plantilla. Por un lado, que la sentencia de despido es "directamente ejecutiva", es decir, de aplicación inmediata. Por otro, que en los despidos nulos la empresa está condenada a readmitir a los trabajadores, pero también a abonar los salarios de tramitación, es decir, los dejados de percibir desde la aplicación del despido colectivo hasta la sentencia.

El Supremo confirma lo avanzado por la Audiencia Nacional que ésta estudió y valoró todos los extremos del despido colectivo, considerando también que la empresa no realizó adecuadamente el proceso de fusión por el que ocho embotelladoras se unieron en una incomunicando el cambio de empresa a los representantes de los trabajadores. Además, sostuvo que no se informó como correspondía a los sindicatos de los planes de reestructuración y que se produjeron esas prácticas de esquirolaje (que también reconoció Inspección de Trabajo), al trasladar la distribución de producto de las plantas en huelga a otras en activo.

La decisión del Supremo contradice el argumento del fiscal de alto tribunal, que defendió que el asunto se devuelva a la Audiencia Nacional para que vuelva a decidir, pero solo si el despido fue ajustado a derecho o no.

Finalmente, el Supremo ha dado la razón a los trabajadores de Coca-Cola y exige a la empresa y a la embotelladora que vuelvan a sus puestos de trabajo. Más de un año de numerosas protestas donde los trabajadores despedidos han ganado hoy su segunda sentencia.

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